Sí existen caminos alternos a las reformas

Una reconfiguración popular tiene una base legal donde, según estudios recientes, el pueblo puede tomar la decisión de reconocer cuánto poder ejercerá los que participarán en el Congreso en un nuevo periodo que se avecina

Foto: El País de Cali

Los partidos tradicionales del gobierno nacional (Pacto Histórico-Alianza Verde y su grupo que conforma) y un sector de los expertos, sostiene que, de cara a las reformas pendientes al 2026, existen con una configuración que busca participación principal a través de unos tres bloques que, potencialmente, buscará espacios alternos al Congreso. El reciente análisis destaca que, luego de que la ciudadanía terminara de ejercer su derecho al voto el pasado 8 de marzo, más con el nuevo jefe de Estado que ya definió su futuro, el panorama normativo del país enfrentará ahora una profunda reconfiguración institucional. Cualquier intento de reformarla por un medio distinto de lo que pertenecerá es diferente y se deberá hacerse respetar por la Constitución, además de declarar los caminos alternos que ejecutará la Corte Constitucional.

Esta posición afirma además que la visibilidad y el estado que enfrenta Colombia por estos caminos varían significativamente según las reformas que están en cuestionamiento, como para incluirla en un mecanismo de participación, para después consultarlas con el pueblo.

Sin embargo, ¿qué pasa si este Congreso, al igual que sus predecesores durante los últimos cuatro años, le niegan el paso a las reformas dadas por el gobierno del presidente Gustavo Petro?

Han pasado varias sesiones desde que hundieron tales reformas. Pareciera existir una segunda vía para abrir nuevos caminos.

Todo poder que se establezca en un proyecto que todavía buscarán darle continuidad al debate o que corregirán rumbos fiscales (como la ley de Financiamiento o el Presupuesto 2026), varios sectores de la oposición consideraron que habrán propuestas alternas. En los debates clave, se han implementado varias estructuras con ponencias alternativas para empezar a cambiar poco a poco las cargas negativas de las empresas y montar respectivamente las exenciones del IVA, sin que la canasta básica a nivel económico la afecte.

Atención, hora de despertar al que está durmiendo
¿Cómo puede la Corte Constitucional aprobar o desconocer los caminos de las reformas antes de aceptar lo que propongan los congresistas? ¿Existe la posibilidad de que, con este nuevo gobierno que vendrá, estaría a favor o en contra de lo que diga el presidente electo de los colombianos?

Hasta ahora, la Reforma Pensional había sido aprobada por la entidad judicial, pero el sistema enfrenta en un limbo jurídico. Su aplicación a nivel formal está supeditada a lo que está escrito en la corte, donde advirtió que si lo declara inexequible, el fondo de los caminos alternos será el regreso de los pilares que fueron intervenidas como Colpensiones y fondos privados, más una necesidad de tramitar la ley, comenzando desde cero y cambiando todo lo que se logró en el anterior gobierno. No obstante, la transición vigente se mantendrá activo hasta julio del 2026 gracias a un mecanismo temporal que marca el Decreto 0415, que significa trasladar todos los seguros sin que requiera el uso de las demandas judiciales para personas mayores a 47 años y hombres mayores a 52 años, esto por 800 semanas, específicamente.

Los partidos tradicionales que dirigirán este nuevo poder legislativo, probablemente no le den pisos al presidente electo para que, por iniciativa, entrarían a una nueva etapa que cambiaría radicalmente el panorama, cuando un poder Ejecutivo y las mayorías que se trabajarán en el Congreso, pueden tener la facultad de proponer unas contrarreformas, ajustes procedimentales o leyes que permitan mitigar los impactos financieros en el país.

Dictámenes
Decisiones de las ramas judiciales de Colombia sobre el poder legislativo:

  • “Cuando un dictamen del Congreso hunde una reforma (como ha ocurrido con propuestas laborales o de financiamiento), el Poder Ejecutivo suele recurrir a decretos con fuerza de ley o decretos reglamentarios (…) Permite fraccionar la reforma e implementar por vía administrativa los puntos que no requieren estrictamente una ley estatutaria o constitucional, respetando los límites que imponen las altas cortes”.
  • “En el ámbito fiscal y presupuestal, si un dictamen rechaza el monto de una ley de financiamiento o una reforma tributaria, el camino alternativo directo es la radicación de proposiciones de recorte o ajuste de cuantías. Ejemplo, frente a la negativa de montos globales elevados, congresistas y el Ministerio de Hacienda recurren a concertar reducciones del gasto o a proponer un umbral de financiamiento inferior para destrabar los debates y evitar que el presupuesto tenga que salir estrictamente por decreto”.